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Diez condecora al jefe de la Policía Local de León, al que el Supremo da 2 meses para dejar su plaza, anulada en firme

Miguel Ángel Llorente recibe la medalla del mérito de plata "por su intensa labor al frente cuerpo" y el Alto Tribunal ratifica la sentencia del TSJCyL que ordenaba repetir la designación

Susana Martín
Martes, 29, Octubre, 2024
ActualidadTribunales

León celebraba este martes el patrón de la Policia Local y, tal y como estaba previsto desde hace unos meses, José Antonio Diez, el alcalde de la ciudad, entregó la medalla al mérito de plata al todavía jefe de la Policía Local de León, Miguel Ángel Llorente Pellitero, que recibía este reconocimiento "por su intensa labor al frente cuerpo y su compromiso y dedicación y profesionalidad en la dirección coordinación y supervisión del mismo".

La semana pasada hubo quienes dudaban en la ciudad de si la entrega de esta medalla se produciría, puesto que hace diez días se dio a conocer la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba el procedimiento por el que fue seleccionado Llorente. El Alto Tribunal rechazó el recurso presentado por el Consistorio de León a la sentencia del TSJCyL que anulaba el nombramiento, lo que trae consigo la firmeza de dicha sentencia.

El procedimiento judicial se había iniciado tras la demanda de otro aspirante a cubrir la plaza, Mario Gallego, un agente municipal berciano que denunció en el juzgado supuestas irregularidades en la elección del máximo responsable de la Policía Local. La justicia ha dado la razón a Gallego y ha dictado en firme que el nombramiento de Llorente Pellitero queda anulado.

Ya no cabe recurso para el Ayuntamiento de León, y este martes el alcalde Diez aseguraba que cumplirán la resolución judicial. "Hay dos meses de plazo de cumplimiento de sentencia de forma voluntaria y esperemos que en ese plazo esté todo resuelto", dijo el regidor, en declaraciones recogidas por la agencia Ical.

"Una nueva valoración de las pruebas selectivas"

El Supremo dictaba hace unos días resolución por la que inadmite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia de 21 de abril de 2023 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictada en el recurso de apelación 593/2022, interpuesto contra la Sentencia nº 136/2022 de 11 de julio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de León, en el procedimiento abreviado nº 199/21. 

La inadmisión del recurso de casación del Consistorio determina la firmeza de la sentencia del TSJCyL, y por ello la designación del todavía jefe de la Policía Local queda anulada.

La sentencia del Alto Tribunal confirma que quedan anulados "por su disconformidad a derecho" los acuerdos del Tribunal Calificador del proceso selectivo de 19 de febrero de 2021 y de 22 de abril de 2021, así como los actos que los confirman. Según señala, deberá procederse al nombramiento de un nuevo tribunal calificador para que puntúe y valore motivadamente los ejercicios teóricos y prácticos realizados por Miguel Ángel Llorente Pellitero y por el apelante, Mario Gallego.

El auto señala además que la estimación del recurso tiene como consecuencia la anulación del acto de nombramiento de Llorente, "así como los actos que los confirman al desestimarse los recursos interpuestos contra los mismos y los actos posteriores y en particular, el acto de terminación con el nombramiento del aspirante que había sido seleccionado".

La sentencia del Alto Tribunal confirma lo que ya determinó el TSJCyL, que ordenaba el nombramiento de un nuevo tribunal calificador: "procede estimar parcialmente el recurso de apelación en el sentido de que se proceda al nombramiento de un nuevo Tribunal Calificador que valore y puntúe nuevamente de manera motivada el ejercicio de la oposición teórico y práctico, con las consecuencias inherentes a ello, según resulta de lo razonado en esta sentencia"

El Supremo da la razón al TSJCyL y declara probado que se modificaron las calificaciones de Llorente Pellitero y que el tribunal no dio justificación a esa modificación. "De no haberse modificado las puntuaciones de Llorente y otros), el único aspirante que hubiese superado esa prueba de conocimientos hubiese sido el apelante", Gallego.

En relación con el ejercicio práctico, señala que al estimar que un nuevo tribunal valore el ejercicio teórico, ha de valorar también el ejercicio práctico. Es decir, no se ordena la repetición de los ejercicios sino una nueva valoración.

Este nuevo varapalo judicial al Ayuntamiento de León llega después de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de León condene a la administración municipal a indemnizar con 149.858 euros a un abogado asesor del Consistorio por sobrecarga laboral. En ese caso, el alcalde de la ciudad confirmó hace unas semanas que el Ayuntamiento ha recurrido la sentencia.

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